Acta Médica del Centro

EDITORIAL

La ética en la publicación científica: un punto de vista diferente

Lic. Claudia Fernández Ferriol1, Dr. Carlos Eddy Lima León2, Dra. Marta Rosa Ferriol Rodríguez2

1Universidad Central Marta Abreu de Las Villas, Santa Clara, Villa Clara, Cuba
2Hospital Clínico Quirúrgico Universitario "Arnaldo Milián Castro", Santa Clara, Villa Clara, Cuba

 

Es responsabilidad del editor jefe velar por la transparencia y la calidad del proceso editorial. La cantidad de información que se genera en la actualidad ha incrementado la ocurrencia de manipulación o invención de datos, la copia no referenciada de información o del texto de otro autor, la duplicidad de la publicación del mismo texto o de la investigación y los conflictos de intereses o de autoría, por lo que se hace necesario advertir a los usuarios para que no incurran en estas conductas o para que las denuncien y así mantener los estándares de publicación de las revistas.
En relación a las buenas prácticas para el fortalecimiento de la ética en la publicación científica el proceso editorial, tras el cumplimiento de las normas de publicación exigidas por las revistas, garantiza que todos los autores revisen y acepten, comprobadamente, la responsabilidad por el contenido y registren la contribución de cada uno -si hubiera conflicto de intereses debe ser explicado en la publicación-.(1)
Si existiera cuestionamiento en cuanto a la autoría se establecerá el contacto con el autor correspondiente y, si es necesario, con todos los autores.
El proceso editorial requiere que los autores presenten antecedentes como el dictamen del comité de ética correspondiente, la autorización de las personas involucradas y los registros de ensayos clínicos, entre otros. Cuando haya duda o cuestionamiento el editor jefe entrará en contacto con el autor correspondiente y, si es necesario, con todos los autores, y solicitará el completamiento de los datos.
Para verificar la originalidad de los textos las revistas adoptan programas de verificación de duplicación con textos ya publicados. Si hubiera duda o cuestionamiento el editor jefe entrará en contacto con el autor correspondiente y, si es necesario, con todos los autores, si no hay respuesta y se demuestra la duplicación, se contactará con la institución en la que trabaja el autor y se solicitará que la preocupación sea trasmitida a sus superiores o a la persona responsable de las investigaciones. Le escribirá al autor, y si es posible a todos los autores, para informar que el artículo ha sido rechazado, para explicar la postura de la revista y para definir el comportamiento esperado en el futuro.(1)

Los editores y los árbitros deben privilegiar la imparcialidad, la integridad y la confidencialidad en su evaluación y priorizar las críticas constructivas y el plazo acordado con la revista.
La fabricación o la falsificación de datos y de imágenes son conductas graves. Si hay dudas se solicitarán a los autores datos comprobatorios de la metodología y de los resultados. En el caso de constatación de mala conducta se seguirá un proceso similar al indicado en el de sospecha de duplicación.
Una de esas conductas, y quizás la más conocida y usada, es el plagio que, según la Real Academia de la Lengua Española, es “usar el trabajo, las ideas o las palabras de otra persona como si fueran propias, sin acreditar de manera explícita de dónde proviene la información.”(2)
Visto de esa manera y actualmente, que el acceso a la información y al conocimiento a través de internet es casi inmediato, cabría preguntarse quién no ha cometido plagio. El método de “cortar y pegar” no solo se ha hecho popular entre los estudiantes, ha trascendido a lo científico, lo que genera una gran preocupación.
Para la protección no solo de autores, sino también de científicos e inventores, los ordenamientos jurídicos no han podido ir en consonancia con el auge de la informatización, pero los bienes jurídicos (la obra y el invento) si se encuentran protegidos; existe una afectación a los intereses económicos, por lo que se afectan los derechos morales y patrimoniales.
Igualmente en doctrina se habla de un plagio burdo y otro inteligente, que solo se diferencian por el empeño que ponga la persona en que su plagio se conozca o no.
El ordenamiento jurídico cubano, en especial el Código Penal (Capítulo VII), solo protege la difusión ilegal y el uso no autorizado del invento, pero en cuestiones de derecho de autor lo deja al margen de la esfera administrativa y de las resoluciones que existen en este aspecto en el país; en ocasiones, esta dispersión legislativa permite que el plagio tenga éxito y que no haya represión alguna por ninguna de las esferas del ordenamiento jurídico.(3)
Pero si lo que se busca es que, como dijo el Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz, la sociedad cubana sea una sociedad de hombres de ciencia, hay que sembrar en el pensamiento, sobre todo de las jóvenes generaciones, que el plagio y las malas conductas mencionadas, no son el camino adecuado y mucho menos correcto.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

  1. Álvarez Álvarez S, Zapata Ros M. Código de conducta y mejores prácticas directrices para editores de revistas [Internet]. 2011 Mar [citado 20 Mar 2018]. Disponible en: https://www.um.es/ead/red/etica_cope.pdf
  2. Diccionario de Real Academia de la Lengua Española [Internet]. Madrid: RAE; 2019 [citado 20 Mar 2018]. Disponible en: https://dle.rae.es/?id=JnTfA8d%7CJnTsqRP
  3. Cuba. Código Penal de la República de Cuba. Ley No. 62/1987. La Habana: Ediciones ONBC; 2009.

 

CONFLICTO DE INTERESES

Los autores declaran no tener ningún conflicto de intereses

 

Recibido: 12-3-2019
Aprobado: 23-3-2019

 

Marta Rosa Ferriol Rodríguez. Hospital Clínico Quirúrgico Universitario “Arnaldo Milián Castro”. Avenida Arnaldo Milián Castro No. 5 e/ Avenida 26 de julio (Doble Vía) y Circunvalación. Santa Clara, Villa Clara, Cuba. Código Postal: 50200 Teléfono: (53)42270464
marthafr@infomed.sld.cu

Enlaces refback

  • No hay ningún enlace refback.




Copyright (c) 2019 Claudia Fernández Ferriol, Carlos Eddy Lima León, Marta Rosa Ferriol Rodríguez